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Artículo UNICO de la Ley 11.874 · Introduce modificaciones en la ley n° 10,043, de 6 de noviembre de 1951

Introduce modificaciones en la ley n° 10,043, de 6 de noviembre de 1951

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26880 / 8279870.

Texto oficial

"Artículo único.- Introdúcense en la ley N° 10,043, de 6 de Noviembre de 1951, modificada por la ley N° 10,401, de 11 de Septiembre de 1952, las siguientes enmiendas: a) Reemplázase en el inciso primero del artículo 1° la frase "Ercilla, $ 1.000.000", por la siguiente: "Ercilla, $ 5.000.000". b) Suprímese en el inciso segundo del artículo 3° la palabra "Ercilla" y agrégase al final del mismo inciso la siguiente frase: "y de tres por mil en la de Ercilla".