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Artículo UNICO del Decreto 171

Promulga el convenio internacional del sistema armonizado de designación y codificación de mercancías, su protocolo de enmienda y las enmiendas a la nomenclatura del convenio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 268831 / 7362756.

Texto oficial

Artículo único.- Promúlganse el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, adoptado en Bruselas el 14 de junio de 1983; el Protocolo de Enmienda, suscrito en Bruselas el 24 de junio de 1986, y las Enmiendas a la Nomenclatura del Convenio, contenidas en las Recomendaciones de 5 de julio de 1989, de 6 de julio de 1993 y de 25 de junio de 1999; cúmplanse y publíquese en el Diario Oficial copia autorizada de los textos del Convenio y del Protocolo de Enmienda. Las Enmiendas a la Nomenclatura del Convenio se publicarán en la forma establecida en la ley 18.158.