Texto oficial
Artículo único.- Promúlganse el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, adoptado en Bruselas el 14 de junio de 1983; el Protocolo de Enmienda, suscrito en Bruselas el 24 de junio de 1986, y las Enmiendas a la Nomenclatura del Convenio, contenidas en las Recomendaciones de 5 de julio de 1989, de 6 de julio de 1993 y de 25 de junio de 1999; cúmplanse y publíquese en el Diario Oficial copia autorizada de los textos del Convenio y del Protocolo de Enmienda.
Las Enmiendas a la Nomenclatura del Convenio se publicarán en la forma establecida en la ley 18.158.