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Artículo 1 de la Ley 11.884 · Modifica los articulos que señala del código del trabajo

Modifica los articulos que señala del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26890 / 5970282.

Texto oficial

"Artículo 1.o Suprímense, en el artículo 514 del Código del Trabajo, la palabra "Iquique" de su inciso primero y el inciso segundo del mismo artículo. Intercálase en el inciso tercero del artículo 515, después de la frase "Los Juzgados del Trabajo de segunda categoría tendrán su asiento en las ciudades de" la palabra "Iquique", seguida de una coma(,).