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Artículo 1 transitorio de la Ley 11.884 · Modifica los articulos que señala del código del trabajo

Modifica los articulos que señala del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26890 / 5970284.

Texto oficial

Artículo transitorio. Los funcionarios que a la fecha de vigencia de la presente ley desempeñen cargos del Juzgado del Trabajo de Iquique, mantendrán su calidad de funcionario de Juzgado de primera categoría, para los efectos de los ascensos y de la remuneración, mientras permanezcan en sus actuales empleos. Dicho personal tendrá derecho preferente para ser trasladado a cargos del mismo grado que quedaren vacantes en Juzgados de primera categoría".