Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 11.915

Declara exentas del pago de impuesto a la transferencia, por una sola vez, las enajenaciones que la sociedad cooperativa de edificacion de empleados de beneficencia ltda. efectue en favor de sus cooperados

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26913 · idParte: 5970423

Texto oficial

"Artículo único.- Declárase exenta del pago de impuesto a la transferencia, por una sola vez, las enajenaciones que la Sociedad Cooperativa de Edificación de Empleados de Beneficencia Ltda. efectúe en favor de sus cooperados de sitios de la chacra Santa Rita, ubicada en la comuna de La Cisterna del departamento de San Bernardo, que hubo para lotearla entre éstos de la Junta de Beneficencia de Santiago, por escritura pública de 29 de Octubre de 1952, que se inscribió a fs. 1,528 vta., bajo el N° 2,223, del Registro de Propiedad de 1952 del Conservador de Bienes Raíces del departamento de San Bernardo."