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Artículo 3 de la Ley 11.991 · Suplementa los item que señala en las cantidades que indica

Suplementa los item que señala en las cantidades que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26955 / 5970618.

Texto oficial

Artículo 3.o Supleméntase en la cantidad de $ 153.246.837 el ítem 04/05/04/i-2 "Forraje" y en $ 128.619.169 el ítem 04/05/04/i-3-a "Vestuario y equipo" a) "para la tropa", para el Cuerpo de Carabineros de Chile, del Presupuesto vigente. Con cargo al ítem forraje sólo se podrá hacer giros para la adquisición de pastos, cebada, maíz y otros artículos análogos para la mantención de los animales de los servicios. El ítem "vestuario y equipo" servirá exclusivamente para la adquisición o confección de vestuario, equipo, uniformes de porteros y choferes y otros gastos análogos. Estas adquisiciones deberán efectuarse a través de la Dirección General de Aprovisionamiento del Estado y ni aún por decreto de insistencia podrá darse a estos fondos un destino diferente al señalado en el presente artículo.