Texto oficial
Artículo 2°.- Libérase del pago de toda clase de impuestos fiscales y municipales la propiedad del Círculo de Periodistas, situada en Santiago, calle Amunátegui números 31 al 43, inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, correspondiente, con fecha 3 de Marzo de 1955, a fojas 1,856 y con el número 3,262.
La presente ley se aplicará desde el 1° de Enero de 1956.".