Saltar al contenido

Artículo de Resolución 708 EXENTA

Establece pistas de uso exclusivo para buses en av. santa rosa y modifica resolución que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 269817 / 7365636.

Texto oficial

1.- Establécense pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en sector central de la calzada de Av. Santa Rosa, de las comunas de San Miguel y San Joaquín, en los tramos de la misma, que según sus sentidos de tránsito, se indican en el siguiente cuadro: Desde Hasta Sentido de Pistas Carlos Av. Lo Norte - Sur uso Silva Ovalle exclusivo Vildósola buses Palena Pintor Cicarelli Sur- Norte Podrán también excepcionalmente circular en las referidas pistas: a) Vehículos de emergencia, de Gendarmería de Chile y del Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes que estén destinados a labores de fiscalización y control. b) Vehículos de uso municipal asignados a cumplir funciones de apoyo a la función policial, siempre que se encuentren debidamente identificados. c) Vehículos utilizados por la inspección fiscal del "contrato de Concesión Habilitación Corredor de Transporte Público Av. Santa Rosa Sector Alameda - A. Vespucio", que se encuentren debidamente identificados como tales y, aquellos vehículos del concesionario de dicha obra, destinados a labores de mantención de la misma, siempre que estos circulen con la señalética identificatoria que corresponda. Del mismo modo, entre el 20 de octubre y el 30 de noviembre de 2023, podrán circular por estas pistas de uso exclusivo los vehículos destinados a prestar servicios de transporte para los XIX Juegos Panamericanos y VII Parapanamericanos Santiago 2023, debidamente identificados como tales por el Comité Organizador 2.- Las señaladas pistas se encontrarán debidamente segregadas del resto de la vía y señalizadas de conformidad con el Manual de Señalización de Tránsito. 3.- Modifícase la Resolución Exenta N° 388, de 2 de febrero de 2007, citada en el Visto, en el sentido de eliminar en el cuadro contenido en la letra a) del numeral primero del Resuelvo, la siguiente fila: Av. Santa Rosa Lo Ovalle Placer Ambos sentidos 4.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°18.290. 5.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.