Texto oficial
"Artículo único. Se declara que el artículo 8.o de la ley N.o 10,490, de fecha 2 de Septiembre de 1952, le ha sido y le es aplicable al personal de la Línea Aérea Nacional."
Declara que el articulo 8.o de la ley numero 10,490 le ha sido y le es aplicable al personal de la linea aerea nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26987 / 5970753.