Texto oficial
Artículo segundo: Transfiéranse al Gobierno Regional de Arica y Parinacota los recursos presupuestarios que se liberen en el presupuesto del Gobierno Regional de Tarapacá, por el traspaso de funcionarios dispuesto en el artículo precedente, disponiéndose las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias con cargo al subtítulo 21 del presupuesto vigente del Gobierno Regional de Tarapacá, recursos que pasarán a formar parte del subtítulo 21 del presupuesto del Gobierno Regional de Arica y Parinacota.