Texto oficial
Art. 14. La Corte Suprema se compondrá de siete miembros, quedando, en consecuencia, derogado el inciso 5.º de las disposiciones transitorias de la lei de 15 de octubre de 1875.
Ley S/N
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 270095 / 9054542.