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Artículo 1 de la Ley 12.048 · Autoriza a la municipalidad de quillon para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de quillon para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27010 / 8280087.

Texto oficial

"Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de Quillón para contratar directamente uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000), a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.