Texto oficial
Artículo 68. Substitúyese en el inciso primero del
artículo 18 del decreto N.o 2,772, en su texto actual, la
frase: "Estarán exentos de los impuestos que establecen los
artículos 5.o y 7.o de esta ley", por la siguiente:
"Estarán exentos del impuesto que establece el artículo
7.o de esta ley".