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Artículo 50 de la Ley 12.084

Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27030 / 8784752.

Texto oficial

ARTICULO 50. Declárase que el inciso segundo del artículo 54 de la ley N.o 11.704, sobre Rentas Municipales, es aplicable solamente a la oficina principal o casa matriz de un establecimiento o negocio y que a sus sucursales debe aplicárseles únicamente las disposiciones del inciso primero de dicha disposición legal.