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Artículo 60 de la Ley 12.084

Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27030 / 8784762.

Texto oficial

ARTICULO 60. Libéranse de derechos consulares, de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto supremo N.o 2,772, de 18 de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre impuesto a la internación, producción y cifra de negocios, y, en general, de todo impuesto o derecho que se perciba por intermedio de las Aduanas, a las maquinarias, equipos auxiliares y demás implementos que la "Industria Azucarera Nacional S. A." destine a la instalación de la industria de azúcar de remolacha. En cada caso deberá dictarse un decreto supremo fundado.