Saltar al contenido

Artículo 94 de la Ley 12.084

Fija el texto de la ley sobre impuestos a las;compraventas, permutas e introduce modificaciones a las;leyes de impuestos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27030 / 8784796.

Texto oficial

ARTICULO 94. Los cambios o traslados que se produzcan en conformidad a esta ley no interrumpirán el plazo que actualmente esté corriendo para disfrutar de las asignaciones por años de servicios. Para estos mismo efectos no se considerará tampoco ascenso ni mayor sueldo el encasillamiento del empleado en su nuevo cargo, servicio o institución.