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Artículo UNICO de la Ley 12.142 · Agrega al articulo 503 del código orgánico de tribunales el inciso que señala

Agrega al articulo 503 del código orgánico de tribunales el inciso que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27042 / 7174575.

Texto oficial

"Artículo único. Agrégase al artículo 503 del Código Orgánico de Tribunales, el siguiente inciso: "Los demás oficiales subalternos de la Administración de Justicia que tengan título de abogado, no podrán ejercer su profesión respecto de los asuntos de que conozca el Tribunal en que desempeñen sus funciones".