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Artículo TERCERA transitorio de la Ley 20.254 · Crea el instituto nacional de propiedad industrial

Crea el instituto nacional de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 270427 / 8573230.

Texto oficial

Tercera.- El Presidente de la República designará al Director Nacional del Instituto, de conformidad al sistema dispuesto en el título VI de la ley Nº 19.882. Desde la fecha en que el Instituto inicie sus funciones hasta la fecha en que se designe al Director Nacional de conformidad a lo señalado precedentemente, ejercerá este cargo quien sea a la fecha Jefe del Departamento de Propiedad Industrial.