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Artículo UNICO de la Ley 12.388

Transfiere a la conferencia de san vicente de paul de señoras de lota la propiedad que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27084 / 5971407.

Texto oficial

"Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para que transfiera a título gratuito a la Conferencia de San Vicente de Paul de Señoras de Lota la propiedad ubicada en la calle Cousiño de dicho puerto, que se encuentra inscrita a fs. 140 vta., N° 170, del Registro de Propiedades del año 1953 del Conservador de Bienes Raíces de Coronel, y que tiene los siguientes deslindes: Norte, propiedad de Aurora Villagrán, hoy Sucesión Quintana; Sur, Calle Ongolmo, hoy Sotomayor; Oriente, calle Cousiño, y Poniente, propiedad de Juan Cartes, hoy Sucesión Quezada. La propiedad que se transfiere deberá ser destinada exclusivamente a la instalación de un Hogar para Ancianos. Si en el plazo de cinco años no estuviere instalado el Hogar de Ancianos, la propiedad que se transfiere volverá al dominio fiscal".