Texto oficial
Artículo 55. Reemplázase en la planta de la
Tesorería General de la República, en el párrafo que se
refiere a los oficiales grado 1.o, la frase que dice:
"Jefes de Control Provincial (3)", por la siguiente:
"Jefes de Control Provincial (2) y Jefe de Cuentas
Corrientes (1)".