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Artículo 1 del Decreto 323

Autoriza a zofri s.a. instalación de recintos fuera del perímetro de la zona franca de iquique

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271227 / 7370033.

Texto oficial

Artículo 1º.- Autorízase a Zofri S.A., la instalación de un recinto fuera del perímetro de la Zona Franca de Iquique, en la comuna de Alto Hospicio, que se individualiza en el artículo 2º del presente decreto, acogido al régimen de Zona Franca, destinado a recibir vehículos para su almacenamiento y comercialización y, además, tratándose de vehículos usados, para el desarrollo de las actividades que implica su desarme, desabolladura, pintura, cambio de neumáticos, servicios mecánicos y cambio de volante. Asimismo, se autoriza a la ZOFRI S.A. para que en el recinto mencionado en el inciso precedente, pueda almacenar y comercializar maquinarias, vehículos pesados y equipos industriales de grandes volúmenes, dimensiones y tonelajes, sus partes y piezas y desarrollar todas las actividades relativas al armado y ensamblado de dichas maquinarias, vehículos pesados y equipos industriales. También se autoriza a Zofri S.A., en el referido recinto, el almacenaje y comercialización de productos terminados para la industria y minería.