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Artículo 3 del Decreto 323

Autoriza a zofri s.a. instalación de recintos fuera del perímetro de la zona franca de iquique

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271227 / 7370035.

Texto oficial

Artículo 3º.- El recinto que por el presente decreto se autoriza deberá tener su perímetro completamente cerrado, con acceso controlado que asegure una fácil y expedita función por parte del Servicio Nacional de Aduanas y de la Sociedad Administradora de la Zona Franca de Iquique.