Texto oficial
Artículo 8°.- El presente Decreto con Fuerza de Ley regirá a contar del día primero del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Traspasa personal de la empresa de abastecimiento de zonas aisladas a la subsecretaría de economía, fomento y reconstrucción
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271315 / 7370302.