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Artículo 8 TRANSITORIO de la Ley 20.265

Elimina el componente fijo del impuesto específico que grava la utilización de los combustibles gas natural comprimido y gas licuado de petróleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271339 / 8676274.

Texto oficial

Artículo 8º transitorio.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley durante el año 2008, se financiará con cargo al ítem respectivo de la partida presupuestaria Tesoro Público.