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Artículo 2 de la Ley 12.517

Reconoce como escuela cooperadora de la funcion educacional del estado al instituto pascual baburizza de educacion e investigacion agricolas, declara validos los titulos que me confiera, como, asimismo, ante sus respectivos profesores.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27152 / 5971655.

Texto oficial

Artículo 2° Las disposiciones de los artículos 2°, 3° y 4° de la ley 12,446, serán aplicables al Instituto de Educación e Investigación Agrícolas "Pascual Baburizza".