Texto oficial
Artículo 2° Las disposiciones de los artículos 2°, 3° y 4° de la ley 12,446, serán aplicables al Instituto de Educación e Investigación Agrícolas "Pascual Baburizza".
Reconoce como escuela cooperadora de la funcion educacional del estado al instituto pascual baburizza de educacion e investigacion agricolas, declara validos los titulos que me confiera, como, asimismo, ante sus respectivos profesores.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27152 / 5971655.