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Artículo 2 de la Ley 12.549 · Modifica el d.f.l. n.o 209, de 5 de agosto de 1953

Modifica el d.f.l. n.o 209, de 5 de agosto de 1953

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27165 / 7174683.

Texto oficial

Artículo 2.o la presente ley regirá desde el 1.o de Junio de 1957".