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Artículo de Resolución 1326 EXENTA

Establece pistas de uso exclusivo para buses en av. grecia y deroga resolución que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 271991 / 7372133.

Texto oficial

1.- Establécense pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en Av. Grecia, de la comuna de Ñuñoa y Peñalolén, las que se ubicarán en aquellos tramos de sus calzadas, que según sentido de circulación, se indican en el siguiente cuadro: . Podrán también excepcionalmente circular en las referidas pistas los vehículos de emergencia, de Gendarmería de Chile, los adscritos al Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes que se encuentren desempeñando labores de control; y aquellos vehículos municipales destinados a cumplir funciones de apoyo a la función policial, que se encuentren debidamente identificados. Podrán asimismo circular excepcionalmente en el tramo comprendido entre las calles Esparta y Playa Ancha, y para el solo efecto de realizar las funciones que se indican a continuación, los vehículos utilizados para labores de mantención y conservación de paraderos por parte de la concesionaria del contrato de concesión "Estaciones de Transbordo para Transantiago", debidamente identificados por la misma para tal función. Del mismo modo, entre el 20 de octubre y el 30 de noviembre de 2023, podrán circular por estas pistas de uso exclusivo los vehículos destinados a prestar servicios de transporte para los XIX Juegos Panamericanos y VII Parapanamericanos Santiago 2023, debidamente identificados como tales por el Comité Organizador 2.- Las señaladas pistas se encontrarán debidamente segregadas del resto de la vía y señalizadas de conformidad con el Manual de Señalización de Tránsito. 3.- Derógase la resolución exenta N° 182, de 19 de julio de 1995, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana. 4.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°18.290. 5.- La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.