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Artículo 5 de la Ley 8.750 · Crea la comuna-subdelegacion de coyhaique

Crea la comuna-subdelegacion de coyhaique

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 272116 / 8377171.

Texto oficial

Artículo 5.o Esta ley comenzará a regir desde el 1.o de Julio de 1947.