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Artículo 1 de la Ley 12.846 · Fija el texto refundido de la ley orgánica de la empresa maritima del estado

Fija el texto refundido de la ley orgánica de la empresa maritima del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27224 / 8793375.

Texto oficial

Artículo 1.o La Empresa Marítima del Estado es un organismo de administración autónoma, con personalidad jurídica, que se regirá por las disposiciones de esta ley, por las leyes generales que rigen esta clase de Empresas de Transporte y por el Reglamento Orgánico que dicte el Presidente de la República.