Texto oficial
Artículo 17.- Las disposiciones de la presente ley no
modifican el régimen sobre importaciones vigente para el
departamento de Arica, a que se refiere el D.F.L. N.o 303,
de 5 de Agosto de 1953.".
Autoriza la libre importacion por las provincias de tarapaca y antofagasta y el departamento de chañaral de las mercaderias que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27235 / 9024209.