Texto oficial
Artículo 3° El producto del o los empréstitos se invertirá en los siguientes fines:
1.- Aporte a la Cooperativa Eléctrica de
Rapel para la prolongación de líneas
de conducción eléctricas y alumbrado
público.
a) en redes urbanas
$ 10.000.000
b) en redes
rurales 10.000.000
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$ 20.000.000 $ 20.000.000
-------------
2.- Ampliaciones de la planta de agua
potable municipal y de las redes de
aducción y distribución de agua
potable 10.000.000
3.- Ampliación del Servicio Telefónico
Público 2.000.000
4.- Construcción de viviendas para obreros
y empleados municipales 5.000.000
5.- Para pavimentación de calles y
avenidas. 13.000.000
6.- Para adquirir una bomba automóvil
destinada al servicio de la comuna. 8.000.000
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$ 58.000.000
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