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Artículo 10 de la Ley 12.872

Autoriza a la municipalidad de santo domingo para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de $ 58.000.000, a fin de destinarlos a diversas obras de adelanto local, para su servicio prorroga la contribucion adicional del ocho por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna, establecido por la ley 12.038, de 2 de julio de 1956; libera de todo derecho, impuesto o contribucion la internacion de las maquinas que indica, destinadas a la misma municipalidad.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27248 / 8280392.

Texto oficial

Artículo 10° Libérase de derechos de internación de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto del Ministerio de Hacienda 2.772, de 18 de agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores, y en general, de todo derecho o contribución a una bomba de pozo profundo completa con motor, partidor, cabezal de descarga, columna, elemento impulsador, tubería de succión, y colador cónico, llegados por vapor "Evanger" a Valparaíso el 29 de diciembre de 1956 según manifiesto 1297 Póliza 3932|114460 en 5 cajones y 21 piezas sueltas marcadas "Municipalidad de Santo Domingo Ingelsac N.° 1923 Valparaíso 1-26, destinada a la Empresa Municipal de Agua Potable. La bomba de pozo profundo marca Johnston está formada por: 1 motor eléctrico marca "U. S." Serie 1086127. Vertical de eje hueco; de 60 HP. trifásico, 380 volts, 50 ciclos|seg. 1.500 rpm.; protegido; con dispositivo para evitar contramarcha; base de 16 1|2". 1 Partidor de voltaje reducido, manual marca "Allen Bradley B. 646" Serie number 673062; 380 volts. 50 ciclos, trifásico; para el motor anterior. 1 Cabeza de descarga sobre la superficie, 16 1|2 x 6" lubricada por agua; con flanche, de 6"'185 pies de cañería de 8" x 1, 3|16" lubricación por agua. 1 Cuerpo impulsor tipo EC. de 9 etapas; una cañería de succión de 6" x 10 pies, y 1 Canastillo cónico galvanizado de 6". Si dentro del plazo de diez años, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, se enajenare a cualquier título la bomba de pozo profundo a que se refiere el presente artículo, deberán integrarse en arcas fiscales los impuestos y derechos correspondientes, quedando solidariamente responsables de ello las personas o entidades que intervengan en los actos o contratos respectivos".