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Artículo 2 transitorio de la Ley 12.889 · Modifica la ley general de elecciones

Modifica la ley general de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27262 / 8830467.

Texto oficial

Artículo 2.o Autorízase al Presidente de la República para refundir en un solo texto que tendrá numeración de ley, las disposiciones de la Ley General de Elecciones, con las de la presente".