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Artículo 4 de la Ley 12.920 · Modifica la ley n.o 12,877, de 18 de marzo de 1958

Modifica la ley n.o 12,877, de 18 de marzo de 1958

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27286 / 8999941.

Texto oficial

Artículo 4.o Reemplázase el N.o 1.o del artículo 1.o del decreto ley N.o 312, de 28 de Julio de 1932, por el siguiente: "1.o Se deducirán en primer término 300 millones de pesos para la Universidad de Concepción con el objeto de servir su presupuesto ordinario anual.".