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Artículo 8 de la Ley 12.920 · Modifica la ley n.o 12,877, de 18 de marzo de 1958

Modifica la ley n.o 12,877, de 18 de marzo de 1958

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27286 / 8999945.

Texto oficial

Artículo 8.o- DEROGADO