Texto oficial
Artículo 2° La Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios, con los recursos a que se refiere el artículo 1° de esta ley, invertirá la suma de trescientos cincuenta millones de pesos ($ 350.000.000) en ampliar el Hospital Regional de Concepción, con el fin exclusivo de dotar y habilitar un Servicio de Urgencia para la ciudad, y ciento cincuenta millones de pesos ($ 150.000.000) para los mismos fines en el Hospital Regional de Chillán".