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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Fija planta de personal para el servicio de salud chiloe y dispone traspaso de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 273451 / 8437123.

Texto oficial

Artículo 7º. Déjase establecido que la entrada en vigencia de la Planta del Servicio de Salud Chiloé, que se fija en este acto, se producirá a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2008, del Ministerio de Salud, que crea el referido Servicio. A partir de la misma data señalada en el inciso anterior, se hará efectivo el traspaso que se ordena en los artículos 3º, 4º y 5º, del presente Decreto con Fuerza Ley.