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Artículo PRIMERO del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Readecua planta y dotacion de personal del servicio de salud del reloncaví

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 273456 / 8437129.

Texto oficial

Artículo primero. Readécuase la planta de personal del Servicio de Salud del Reloncaví, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 20.229, en el sentido de suprimir los cargos y horas que a continuación se indican: NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 28.06.2008, PAGINA 18. Cargos que se pueden remunerar y desempeñar indistintamente bajo el régimen del Decreto Ley Nº 249 de 1973 o de la Ley 19.664: NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 28.06.2008, PAGINA 18.