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Artículo CUARTO del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Readecua planta y dotacion de personal del servicio de salud del reloncaví

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 273456 / 8437132.

Texto oficial

Artículo cuarto. Déjase establecido que la vigencia del presente Decreto con Fuerza de Ley, se producirá a contar del primer día del mes siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2008, del Ministerio de Salud, que crea el Servicio de Salud Chiloé.