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Artículo UNICO de la Ley 13.091

Modifica el articulo 30° de la ley 6.382, de 9 de agosto de 1939, que establecio las cooperativas de pequeños agricultores.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27361 / 7175177.

Texto oficial

"Artículo único. Reemplázanse en el artículo 30 de la ley 6.382, de 9 de agosto de 1939, modificado por la ley 8.829, de 9 de septiembre de 1947, las palabras "$ 150.000", por "veinticinco sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago.".