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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija planta de personal de la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 273620 / 7374586.

Texto oficial

Artículo 5°.- La planta de personal fijada en el artículo 1° anterior regirá a contar de la total tramitación del presente decreto con fuerza de ley. El encasillamiento del personal de la Superintendencia de Seguridad Social regirá a contar de la vigencia de la planta.