Autoriza a la municipalidad de hualañe para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de $ 9.000.000 con el fin de destinarlos a la construccion del edificio municipal y a la plaza publica, para su servicio establece una contribucion adicional de un tres por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna, autoriza al presidente de la república para transferir a la corporacion los terrenos que indica y cuyos deslindes señala.
Texto oficial
Artículo 4° Establécese con el exclusivo objeto de atender el o los préstamos autorizados por el artículo 1°, una contribución adicional sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Hualañé de un tres por mil anual, contribución que empezará a cobrarse desde el semestre siguiente a la vigencia de la presente ley y hasta el pago total de los empréstitos o la terminación de las obras, según el caso.