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Artículo UNICO de la Ley 13.137 · Concede el beneficio que indica a doña evangelina paniagua paniagua.

Concede el beneficio que indica a doña evangelina paniagua paniagua.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27377 / 5972662.

Texto oficial

"Artículo único. Facúltase a doña Evangelina Piniagua Paniagua para que reintegre en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas las imposiciones efectuadas y retiradas del período comprendido entre el 2 de octubre de 1931 al 31 de diciembre de 1936, servido en el Juzgado de letras del departamento de El Loa, en Calama. Para este efecto, la Caja otorgará a la señorita Paniagua un préstamo a sesenta meses plazo con el interés del 6%. Las imposiciones reintegradas serán consideradas para la reliquidación de la jubilación que actualmente percibe la señorita Paniagua".