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Artículo 2 de la Ley 13.282

Modifica el articulo 1° y deroga la letra c) del articulo 3° de la ley 11.993, de 23 de diciembre de 1955, que autorizo a la municipalidad de coihueco para contratar prestamos por la cantidad de $ 8.000.000 con el fin de destinarlos a diversas obras de adelanto local.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27386 / 8280652.

Texto oficial

Artículo 2° Autorízase a la Municipalidad de Coihueco para invertir el excedente del producto de la contribución adicional sobre los bienes raíces de la comuna establecido por el artículo 4° de la ley 11.993, después de servido el empréstito a que dicha ley se refiere y hasta un monto máximo de tres millones de pesos, en la terminación y habilitación del teatro-gimnasio que dicha Municipalidad está construyendo con el producto del empréstito autorizado por esa misma ley."