Saltar al contenido

Artículo 96 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175494.

Texto oficial

Artículo 96.o Las asignaciones de zona, que perciban los empleados y obreros de las instituciones fiscales de administración autónoma, semifiscales y semifiscales de administración autónoma, estarán exentas del impuesto a la renta de Quinta Categoría, como, asimismo, del impuesto global complementario. Esta exención regirá, respecto del impuesto de Quinta Categoría, sobre las asignaciones devengadas desde la fecha de vigencia de la presente ley. En cuanto al impuesto Global Complementario, la exención comprenderá todas las asignaciones devengadas desde el 1.o de Enero de 1959.