Texto oficial
Artículo 132.o Declárase que la ley N.o 12,861 hizo
permanente el recargo del impuesto establecido por el
artículo 7.o transitorio de la ley N.o 11.575.
Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175533.