Saltar al contenido

Artículo 229 de la Ley 13.305

Reajusta las remuneraciones de todos los empleados que prestan servicios en chile, suplementa el presupuesto de la nacion, establece nueva unidad monetaria, concede facultades extraordinarias al presidente de la república y modifica las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27399 / 8175637.

Texto oficial

Artículo 229.o Agrégase al artículo 20.o de la ley N.o 10,223 un nuevo inciso con el siguiente texto: "Estas incompatibilidades no se aplicarán a los profesionales funcionarios que tengan 60 o más años de edad, afectos a esta ley y complementado por los artículos 3.o y 4.o del Reglamento."