Texto oficial
Artículo 229.o Agrégase al artículo 20.o de la ley
N.o 10,223 un nuevo inciso con el siguiente texto:
"Estas incompatibilidades no se aplicarán a los
profesionales funcionarios que tengan 60 o más años de
edad, afectos a esta ley y complementado por los artículos
3.o y 4.o del Reglamento."