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Artículo 3 de la Ley 13.312

Autoriza la expropiacion de los inmuebles que indica y cuyos deslindes señala, ubicados en la provincia de valparaiso, departamento y comuna del mismo nombre, los cuales seran destinados a la construccion del liceo de hombres n° 3, de valparaiso.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 27403 / 7175221.

Texto oficial

Artículo 3° Los predios cuya expropiación se autoriza y a que se refiere la presente ley serán destinados al Liceo de Hombres N° 3 de Valparaíso, debiendo quedar a cargo de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales la construcción del edificio para este Liceo y sus depedencias.