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Artículo 1 de la Ley 13.321

Autoriza a la municipalidad de renca para adquirir los terrenos que indica y cuyos deslindes señala, ubicados en la comuna del mismo nombre.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27412 · idParte: 8280682

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Renca para adquirir con acuerdo de los dos tercios de sus regidores hasta en el precio de veintidós millones de pesos ($ 22.000.000) y demás condiciones que se determinen los terrenos actualmente ocupados por el Estadio Municipal de la comuna y que se encuentran inscritos a nombre de sus actuales dueños a fojas 10.549 y 10.602 bajo los números 18.721 y 18.806, respectivamente, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1954.