Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 13.335

Autoriza a la municipalidad de villa alemana para contratar uno o mas prestamos que produzcan hasta la cantidad de $ 54.000.000 con el objeto de destinarlos a diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribucion adicional de un dos por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 27426 · idParte: 8280709

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Villa Alemana para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito o bancarias, uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de $ 54.000.000, a un interés no inferior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.